Manuel Arturo Pellerano Peña y Juan Felipe Mendoza Gómez, utilizaban al Banco para desviar recursos de los depósitos de los ahorrantes.
SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- Fueron condenados a ocho años de prisión y al pago de una multa de dos millones 500 mil pesos, Manuel Arturo Pellerano Peña y Juan Felipe Mendoza Gómez, tras ser encontrados culpables de los crímenes de asociación de malhechores y falsificación de documentos, como principales ejecutivos del quebrado Banco Nacional de Crédito (BANCREDITO).
La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional modificó una sentencia de un tribunal de primer grado que en el año 2006 condenó a los ejecutivos de BANCREDITO a tres años de reclusión, condena que fue considerada por los jueces de alzada como “benigna”, por la gravedad de los hechos comprobados.
En su parte dispositiva la sentencia establece que declara “culpables a los imputados Pellerano Peña y Mendoza Gómez, de los crímenes de falsedad en escritura de banco y uso de las mismas, asociación de malhechores, alteración y manipulación de datos y documentos a los fines de desviar la fiscalización e investigación por parte de las autoridades bancarias, financieras y monetarias, y elaboración y aprobación de estados financieros adulterados, tendentes a la ocultación de operaciones irregulares”.
De acuerdo a la sentencia, leída en una audiencia de alrededor de dos horas, los delitos antes descritos están tipificados en los artículos 147, 148, 265 y 266 del Código Penal Dominicano y 80, literales d y e de la Ley 183-02 Código Monetario y Financiero.
Los magistrados Ramón Horacio González Pérez, Modesto Antonio Martínez y Pedro Antonio Sánchez Rivera consideraron que Pellerano Peña y Mendoza Gómez actuaron con ligereza y eficacia censurable en la configuración del ilícito cometido al tratarse del director del Grupo Financiero Nacional (GFN), presidente de la Junta de Directores de las GFN Capital Limited y GFN International Investement y de Primer Oficial Ejecutivo del Banco Nacional de Crédito, “actitud típica que constituía una costumbre en su accionar dentro de las funciones que tenían en la entidad bancaria, afectando con ello el bien jurídico protegido, el sistema monetario y financiero nacional”.
Además, el tribunal asegura que pudo comprobar que los ejecutivos de BANCREDITO tenían la voluntad, conocimiento, entendimiento y la certeza de que incurrían en un quebrantamiento a la norma penal, de ahí que, “ocultaran la existencia de operaciones ilícitas, constituyendo esa práctica un agravante que no puede estar justificado por la precaria situación económica que estremecía al país”. (Se refiere a la crisis económica del 2003 y 2004).
Estableció que el BANCREDITO era utilizado por Pellerano Peña y Mendoza Gómez para desviar recursos de los depósitos de los ahorrantes, autorizando sobregiros, aperturas de certificados financieros y préstamos a empresas vinculadas manipulando informaciones sobre la situación financiera de esa entidad bancaria, reportando a las autoridades y a los auditores externos un estado de situación diferente, con menos préstamos y menos depósitos que los existentes, con la finalidad de obstaculizar la supervisión de la Superintendencia de Bancos.
La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional falló sobre sendos recursos interpuestos tanto por los sentenciados en primer grado, como por el Ministerio Público.
El juicio a los ejecutivos de BANCREDITO inició con la presentación de una querella por clientes que de esa entidad que luego retiraron la acusación, pero que sin embargo, el ministerio público decidió darle curso.
Por ello en el juicio no había actores civiles, sino que las partes estaban representadas por los miembros del Ministerio Público Francisco García Rosa, Germán Daniel Miranda y Carmen Alardo Peña, y los apoderados de las partes demandadas Fernando Langa, Tulio Collado Aybar, Antonio Langa, Hidalga de Castro y Santiago Rodríguez.
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