
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Telefónica Móviles, por hacerles un contrato telefónico a tres menores. Ademas, incluyó sus nombres en el registro de morosos y usó sus datos de manera irregular.
Son las primeras resoluciones de este tipo en España y condenan a la operadora a pagar dos multas de 70.000 euros y otra de 90.000 euros.
La Ley de Protección de Datos dictamina que no se puede manejar datos de menores de 14 años sin el consentimiento de sus padres o tutores. La resolución expone que “los menores no emancipados no pueden prestar el consentimiento para contratar, y por tanto sin este requisito no es válido el contrato y no es susceptible de generar obligaciones”.
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